Con mucha satisfacción y agrado presentamos el vol



Cita recomendada: Bravo Espinoza, Y. (2018) Los territorios indígenas y la colonialidad del derecho: la lucha por la defensa del territorio indígena Cucapá (Baja California, México).

Revista TEFROS, Vol. 16, N° 1, enero-junio: 34-68.



Los territorios indígenas y la colonialidad del derecho: la lucha por la defensa del territorio indígena Cucapá (Baja California, México)


Indigenous territories and the coloniality of Law: the struggle for defending Cucapá indigenous territory (Baja California, Mexico)


Yacotzin Bravo Espinosa

Universidad Autónoma Metropolitana,

Unidad Iztapalapa, México


Fecha de presentación: 13 de setiembre de 2017

Fecha de aceptación: 17 de enero de 2018


RESUMEN

En México existe una visión dominante sobre el territorio vinculada al Estado y la legalidad, no obstante, su imposición ha sido resultado de un proceso histórico de dominación y violencia que ha negado diversas nociones y prácticas territoriales existentes, como las de los pueblos indígenas. Este texto hace un recorrido histórico para mostrar las relaciones de colonialidad y su vínculo con el derecho a partir del caso del pueblo indígena cucapá en Baja California en el norte de México. Este pueblo es paradigmático pues los procesos de colonialismo español que el resto de los pueblos indígenas vivió no lo afectaron directamente, y siguió conservando su modo de vida seminómada hasta el siglo XIX. Sin embargo, los procesos de colonialidad más agresivos se dieron en el siglo XX por conflictos fronterizos entre México y Estados Unidos por el territorio de la Alta California y el agua del Río Colorado. Esta historia de despojo y violencia que perdura hasta la actualidad ha llevado a los cucapá a usar el derecho como una herramienta de defensa de sus derechos como pueblo indígena. 


PALABRAS CLAVE: Colonialidad; derecho y territorio; pueblo Cucapá; defensa de territorio y pesca


ABSTRACT

Regarding territory, there exists in Mexico a prevailing view which associates land with the State and Law. However, its imposition has resulted from a historical process of subjugation and violence that has denied several existing territorial notions and practices, such as those of indigenous peoples. This paper outlines a historical overview in order to show coloniality relations and their bond with law. It is based on the situation of the indigenous people of Cucapá in Baja California, North of Mexico. Cucapá is a paradigmatic indigenous community since its members were not affected by the process of Spanish colonialism that other indigenous peoples experienced, thus being able the keep their semi-nomadic lifestyle until the nineteenth century. Nevertheless, the most aggressive coloniality processes burst in the twentieth century due to bordering conflicts between Mexico and the United States, on Upper California and Colorado River water. This history of dispossession and violence endures until now, and it has driven the Cucapás to use law as a tool to defend the rights of their indigenous community.


KEYWORDS: Coloniality; law and territory; Cucapá community; territorial and fishing defense


PRESENTACIÓN

En el derecho positivista en México, el tema del territorio no es un tema puesto a discusión; es un concepto y una práctica que se da por sentada. El territorio es lo que la norma dice que es; es lo que la Constitución y las leyes establecen: es, exclusivamente estatal y soberano, y sus fronteras representan el límite de su poder al interno y al externo.

En este sentido, el Estado moderno es quien tiene el monopolio del territorio como ámbito espacial de ejercicio del poder político, aplicación del derecho y uso de la fuerza pública. Al tener el monopolio del poder y el derecho, es el único que tiene la potestad legal para nombrar, administrar y controlar al territorio: lo organiza política y administrativamente; ejerce el dominio pleno sobre él y los recursos naturales; planea y controla las lógicas de los espacios productivos, así como determina las modalidades de explotación y aprovechamiento de los recursos naturales y culturales, e instituye los derechos sobre ellos.

Esta configuración estatalista y legalista es la base predominante de la acción judicial y litigante en la resolución de conflictos territoriales o jurisdiccionales, así como de la enseñanza jurídica en México. Sin embargo, su aparente neutralidad, legalidad establecida e incuestionabilidad, es resultado de un proceso histórico de relaciones de dominación que han invisibilizado diversas territorialidades existentes al interior y exterior del Estado nacional, incluso, anteriores a él. Invisibilidad que en términos jurídicos, en algunos casos, ha subordinado e ilegalizado espacios1 diferentes al estatal como acontece con los territorios indígenas; y, en otros, los legaliza como hegemónicos como sucede con los espacios del capital y sus diversas formas de organización al interior del Estado.

En el caso de los pueblos indígenas ha significado la negación y despojo histórico sobre sus territorios y formas de vida. Los territorios entendidos no sólo como extensiones geográficas sino como espacios donde cada pueblo indígena crea y recrea sus formas de vida y modos de apropiación de la naturaleza desde sus dimensiones culturales, económicas, políticas y jurídicas en escalas comunales, municipales y regionales. Donde la relación entre identidad y espacio no es natural sino es resultado de la comunicación, interlocución y negociación interna y externa con otros espacios; pero donde las relaciones de colonialidad se han ejercido sobre la existencia misma de estos pueblos, sus territorios y sus formas propias de organización política, jurídica, económica y cultural en sus diferentes escalas.

Ahora bien, es preciso apuntar que no considero al derecho en sí mismo como un instrumento de dominación ni emancipación de las realidades sociales, ni el único elemento del cual depende la regulación, control y mucho menos dominio de las sociedades; hacerlo, conllevaría una noción estática e independiente del derecho. Desde mi perspectiva, el derecho es un proceso socio histórico de producción plural e interlegal que reúne simbologías, representaciones, valores y prácticas jurídicas de sujetos sociales situados en contextos particulares e interrelaciones desiguales de poder.2

Bajo las consideraciones anteriores, si bien es cierto que, históricamente se han ejercido relaciones de dominación, explotación y despojo sobre una diversidad de pueblos indígenas, así como se impuso una forma estatal de organización política, jurídica y territorial, éstos no han sido sujetos pasivos ni simples receptores de las relaciones de colonialidad sino que desde sus historias, culturas y formas de organización se han reconfigurado conforme a sus capacidades políticas mediante la aceptación, impugnación, resistencia o acuerdos. Desde estos espacios de resistencia y creatividad social es que se han reapropiado y refuncionalizado de los usos del derecho estatal e internacional así como recreado dinámicamente sus propios derechos.3

Ahora bien, no obstante, mi punto de partida sobre el derecho, las sociedades y las relaciones dialécticas del poder, el objetivo de este texto se centra en mostrar la cara dominante de las relaciones de colonialidad del poder donde el derecho ha sido usado históricamente como una herramienta para el despojo del territorio y forma de vida del pueblo indígena cucapá en Baja California, en el norte de México.

Este caso es interesante porque a diferencia de la mayoría de los pueblos indígenas en México, el colonialismo español no llegó directamente a los cucapá debido a su vida seminómada y las características geográficas y climáticas de su territorio; los procesos de colonialidad más agresivos se dieron durante la consolidación del Estado mexicano, que se situó en la disputa geopolítica por la Alta California con Estados Unidos y, posteriormente, en el conflicto internacional por los derechos del agua del Río Colorado, parte fundamental del territorio cucapá, e hicieron de los cucapá un pueblo transfonterizo; y, por último, muestra los efectos del derecho estatal para los pueblos seminómadas del norte del país, de los cuales, los cucapá son parte.

Para lograr el objetivo planteado, primero abordaré brevemente los elementos que en la perspectiva tradicional del derecho constituyen al Estado y el territorio. En un segundo apartado haré referencia al marco analítico de colonialidad del poder que ayudará a desmenuzar las relaciones de poder en el que se fundó la conquista, colonización e independencia de los Estados latinoamericanos. Este marco nos servirá para analizar cómo han funcionado las relaciones de colonialidad a través del derecho en el despojo del territorio y forma de vida cucapá, así como situarlo en la defensa de su territorio y actividad pesquera frente a la implementación de la Reserva de la Biósfera Alto Golfo y Delta del Río Colorado desde 1993.


LA VISIÓN DOMINANTE DEL TERRITORIO EN EL DERECHO MODERNO

El Estado nación es la organización política dominante en el mundo moderno. Las implicaciones de su instauración fueron que las sociedades, primero europea y más tarde todo el planeta, se estructuraran predominantemente en Estados naciones; que la política fuera considerada estatal en sus aspectos más relevantes, así como se estatalizaran todos los territorios provocando que la distribución hegemónica del espacio a nivel mundial fuera estatal (Nogué y Rufi, 2001, pp. 65 y 77). La concepción sobre la que se ha fundado esta forma de organización ha sido la centralidad y monopolio político y jurídico al interior y exterior de las fronteras estatales; la individualización y uniformidad de la sociedad mediante la ciudadanía; la constitución de un derecho uniforme y general para todos los integrantes de la sociedad; los derechos de los individuos (sobre todo, la propiedad privada, seguridad jurídica, libertad e igualdad) y, la identidad nacional homogénea.

En cuanto al territorio estatal se concibió como el ámbito espacial del ejercicio centralizado y monopólico del poder político, así como de creación y aplicación de las normas. La monopolización del espacio se delimitó por fronteras continuas, fijas y determinadas que funcionaron al exterior como límite frente al poder de otros Estados y, al interno, como contenedor frente a comunidades y pueblos, mediante la reordenación política, administrativa y económica de los espacios.

Al mismo tiempo, el territorio es producto del derecho y, por tanto, es aquél que se encuentra reglamentado en las leyes emitidas conforme los procedimientos y órganos establecidos por el propio Estado. Así, es, el marco legal del Estado quien lo nombra, organiza, administra y distribuye. El territorio desde esta posición es algo legalmente establecido, fijo e incuestionable, y los derechos sobre él, también se derivan de la ley.

Aunada a esta construcción jurídica, el territorio también es considerado como un elemento objetivo de la identidad nacional; en esta forma, el territorio estatal se erige como sinónimo de territorio nacional entendido como base material de un colectivo con identidad homogénea.

Esta configuración estatal, legalista y homogénea del territorio lo vacía de significados, símbolos, representaciones y prácticas socio históricas, incluyendo las de poder, y lo constituye como un contenedor o como un referente universal de existencia en el que suceden las relaciones sociales pero sin alterarlo (Smith, 2006, pp. 59-71). Sin embargo, históricamente han predominado las pluralidades espaciales y su reordenación y homogeneización se ha instituido mediante la imposición de una geografía política, administrativa y económica donde la instauración de la soberanía fue fundamental para la sustracción del dominio de los espacios así como la anulación de sus particularidades naturales, culturales, económicas y políticas; así mismo, la propiedad privada permitió su fragmentación y conversión a bienes, otorgándoles un valor intercambiable y su adquisición en el mercado. Dentro de este marco, el territorio se observa como un bien patrimonial por poseer y controlar, y la expansión y las relaciones de colonialidad han sido fundamentales para su apropiación (Nogué y Rufi, op cit., p. 48).


LA COLONIALIDAD DEL PODER Y LA CONSTRUCCIÓN DE LOS ESTADOS NACIONALES: DERECHO Y TERRITORIO

La configuración estatalista y legalista del territorio suprime el análisis de las relaciones históricas entre el espacio, la dominación y el despojo; sin embargo, en la modernidad capitalista4 su relación es intrínseca y la conquista de América fue un parteaguas fundamental en ello, pues implicó una ruptura con la concepción del espacio intraeuropeo así como se amplió la concepción y la práctica espacial a nivel global a partir de la expansión, la ocupación y el comercio mundial.

Aníbal Quijano (1993) explica que a partir de la conquista de Iberoamérica se constituyó la colonialidad de poder como el primer patrón mundial de poder que logró su hegemonía, primero, durante el periodo de colonización y, posteriormente, en los procesos de conformación de los Estados independientes. Para Edgardo Lander (1993), la conquista de América es el momento fundante de dos procesos que articuladamente conforman la historia posterior: la modernidad y la organización colonial del mundo. Y aunque la organización colonial no es característica de la modernidad, la función de las relaciones coloniales producidas por la conquista de América la definieron (ibid., pp. 11-27).

Las relaciones coloniales se configuraron y legitimaron a partir de la idea de la raza. La raza como construcción mental expresa la experiencia básica de la dominación colonial.5 En la medida en que las relaciones sociales se configuran en relaciones de dominación, de superioridad-inferioridad entre dominados y dominantes, las identidades se asocian a jerarquías, lugares y roles sociales. Entonces, la raza se conforma como el modo natural de clasificación y distribución social universal de la población mundial de acuerdo a rangos, lugares y roles en la estructura de poder de la nueva sociedad colonial (Quijano, op cit., pp. 202-203). En el caso de los pueblos de América se catalogaron como inferiores, primitivos, incivilizados, etc., lo que justificó la necesidad de dominarlos para liberarlos de su condición y la “inclusión” a la nueva sociedad se observó en términos de inferioridad-superioridad. Al otro racial y colonizado le quedaron dos destinos posibles: la asimilación a la civilización moderna o su aniquilación (Lander, op cit., pp. 22-23).

Este modo de clasificación universal de la población mundial sustentó el desarrollo económico europeo, su expansión al mercado mundial y su colocación como centro del poder político y económico. Así, las funciones inmediatas de las relaciones coloniales organizadas a partir de la raza fueron económicas y comerciales (González Casanova, 2006b, p. 191).

Durante la etapa colonial, la negación del otro adjudicó a los colonizadores los derechos de ocupación, expansión y dominio sobre los territorios mediante la noción del espacio vacío o libre (Schmitt, 2002, pp. 53-74).6 El espacio vacío implicó que había ausencia de derecho, república, civilización y fe cristiana, que daba derechos de dominio y jurisdicción a los conquistadores sobre los espacios y las poblaciones. Estos derechos conllevaron también la imposición de relaciones de trabajo que autorizaron la apropiación y explotación de los recursos y los productos del trabajo barato de las razas inferiores por las superiores (Quijano, op cit., pp. 206-208; 219), así como la explotación irracional de los territorios y recursos de las colonias (ibid., pp. 191-192).

Esta nueva estructura de dominación/explotación del trabajo en la América colonizada constituyó al capitalismo como el patrón de organización mundial del trabajo (ibid., pp. 219-220).7 La idea de la raza y la hegemonía del capitalismo configuraron un nuevo patrón de poder mundial fundado en la dominación y explotación colonial, la cual permitió su expansión a todo el planeta. En este patrón se era conjunta e individualmente interdependiente histórico-estructuralmente, no sólo por su lugar y función como partes subordinadas a una totalidad, sino porque sin perder sus respectivas características específicas y sin perjuicio de las discontinuidades de sus relaciones con el orden conjunto y entre ellas mismas, su movimiento histórico dependía en adelante de su pertenencia al patrón global de poder constituido como sistema (ibid., pp. 204-208). De esta forma, desde la heterogeneidad histórica, la globalidad de este patrón de poder ha significado:


“…un piso básico de prácticas sociales comunes para todo el mundo, y una esfera intersubjetiva que existe y actúa como esfera central de orientación valórica del conjunto. Por lo cual las instituciones hegemónicas de cada ámbito de existencia social, son universales a la población del mundo como modelos intersubjetivos. Así, el Estado-nación, la familia burguesa, la empresa, la racionalidad eurocéntrica.” (ibid., pp. 214-215)


De ahí que presupuestos como universalidad, progreso, identidad nacional, libertad individual, democracia liberal, ciudadanía, soberanía, etc., hayan sido incorporados como resultado natural e incuestionable de los procesos históricos independentistas y la conformación de los Estados latinoamericanos, su derecho y configuración territorial (González Casanova, 2006b, p. 197; Bonfil, 2001, pp. 145-160) frente a la multiplicidad de realidades políticas, jurídicas, culturales y económicas existentes, como la de los pueblos indígenas. No obstante, la forma de naturalizarlas y normalizarlas fue a través de relaciones de dominación, imposición y violencia que se ejercieron sobre los pueblos indígenas, etnias u otros grupos (González Casanova, 2006a, pp. 410-416).

Pablo González Casanova (2006b) menciona que, el desarrollo del racismo y la segregación racial como psicología y política coloniales sirvieron para mantener el domino y explotación sobre los pueblos indígenas y otros grupos étnicos mediante la política interna de manipulación y discriminación que aparecen en el orden jurídico, educacional, lingüístico, administrativo y que tienden a sancionar el ‘pluralismo’ social (p. 197). De modo que, la naturaleza colectiva de estos pueblos, sus formas de organización y sus territorios fueron negados, ilegalizados y reprimidos, al mismo tiempo que, la explotación y el despojo de sus territorios y recursos naturales y culturales fue justificada.

Es así que la noción y práctica territorial estatalista y su cartografía política, administrativa y económica se impuso sobre la diversidad de territorios indígenas y sus jurisdicciones; se construyó un sujeto jurídico uniforme, universal e individual junto con un conjunto de derechos subjetivos individualizados frente a una pluralidad de sujetos colectivos existentes antes de la formación de los propios Estados y sus derechos originarios, aunque en México después del proceso revolucionario se reconoció la propiedad social mediante el derecho agrario; y, por último, se instituyó una forma de organización, ocupación, apropiación y explotación territorial bajo principios de soberanía, liberalización y progreso sobre una diversidad de formas de usos, conocimientos y prácticas territoriales de los pueblos indígenas.

De modo que, el derecho estatal, nos dice Bartolomé Clavero, es originalmente colonial.


El efecto es, no la universalización del derecho, sino la entronización del propio universo jurídico, con expulsión radical de cualquier otro. Ya no es sólo que el indígena se encuentre en una posición subordinada. Ahora resulta que no tiene sitio ninguno si no se muestra dispuesto a abandonar completamente sus costumbres y deshacer enteramente sus comunidades para conseguir integrarse al único mundo constitucionalmente concebible del derecho. (citado por Lander, op cit., pp. 17 y 18)


Ahora, si bien los Estados fueron el espacio de organización política, jurídica, social y económica dominante en la modernidad que se desarrollaron heterogéneamente en su espacio y su tiempo, también confluyeron interdependientemente entre sí a partir del eje de la colonialidad del poder como patrón del poder global. Interdependencia que situaba a los Estados dentro del sistema interestatal a partir de la división internacional del trabajo centro-periferia (Grosfoguel, 2006, pp. 29-31).8 Actualmente, la geografía global de la explotación, del despojo y las relaciones de colonialidad del poder se han modificado en la forma de sociabilidad del capitalismo transnacionalizado; se ha introducido una lógica nueva entre los espacios y territorios, sus diferentes escalas y dimensiones, las cuales se superponen, interrelacionan y configuran bajo un orden mundial económico interdependiente a escala global, nacional, regional y local, donde el Estado nación no desaparece ni tampoco sus facultades soberanas, sino se reconfiguran y, con ello, se introduce una nueva forma de relación entre los espacios, territorios, la economía, los sujetos transnacionales, el Estado, el derecho y las colectividades locales. En este marco, los pueblos indígenas no son sujetos pasivos ni simple receptores de las relaciones de colonialidad sino que han resistido y se han movilizado por la defensa de sus identidades colectivas, formas de organizarse, territorios y recursos naturales.

No obstante, en este trabajo se explorarán las particularidades de las relaciones de dominación y la conformación del Estado mexicano en el norte del país, especialmente las relaciones de colonialidad que históricamente se han hecho presentes en la vida del pueblo cucapá, vinculadas al despojo de su territorio derivado de la consolidación de las fronteras territoriales mexicanas y la expansión capitalista de Estados Unidos.


LA COLONIALIDAD DEL DERECHO Y LA LUCHA INDÍGENA CUCAPÁ POR LA DEFENSA DE SU TERRITORIO Y RECURSOS NATURALES.

El pueblo cucapá tiene dos particularidades que los diferencian de otros pueblos indígenas del sur y centro del país. Primera, es un pueblo de origen seminómada,9 elemento fundamental en la configuración de su territorio, la posesión y el usufructo de sus recursos naturales. La segunda es que su territorio se ha situado en medio de los conflictos fronterizos entre Estados Unidos y México por la Alta California y la distribución del agua del Río Colorado. De forma que, el despojo sobre el territorio cucapá se sitúa en un entrecruzamiento entre la expansión capitalista estadunidense en México que conllevó a impulsar la consolidación del Estado Mexicano, sus fronteras y su desarrollo económico y social en Baja California y, en específico, Mexicali. Para comprender la forma en que se articula la expansión territorial, el desarrollo económico y la consolidación del Estado de dos países a partir de relaciones de colonialidad sobre el pueblo cucapá es necesario primero exponer cómo vivieron y habitaron su territorio.


Elementos generales del pueblo cucapá, su modo de vida y su territorio

El pueblo cucapá pertenece al grupo lingüístico yumano. Aunque no existe un consenso sobre el momento en que los yumanos se asentaron en el Bajo Delta del Río Colorado, Agustín Ortega Esquinca (2004) propone que fue en el año 1000 A.C., pero el arqueológo Antonio Porcayo dice que no hay estudios suficientes para determinar cuándo exactamente los cucapá llegan al Delta, pero la lengua yumana a la que pertenecen tienen alrededor de 4000 años o más de antigüedad (Porcayo, Navarro, Guía y Tapia, 2016, p. 2).

Ortega Esquinca propone el concepto de región ampliada de interacción social para localizar a este pueblo; dice que ésta se encontraba en la Cuenca Baja del Río Colorado y Gila y, dentro de ella, el área nuclear de interacción social era el Bajo Delta del Río Colorado hasta su desembocadura en la cabeza del golfo mexicano (Ortega Esquinca, op cit., pp. 164-173).

En el siglo XVIII se registraban en el Bajo Delta 4 comunidades yumanas de la cuales en la actualidad sólo está asentada la comunidad cucapá porque dos desaparecieron y los quechan después del trazado de la frontera Estados Unidos-México (1848) fueron reagrupados en la reservación del Fuerte Yuma en Estados Unidos (ibid., 86-92).10

El ambiente natural y geográfico desértico de la región de los cucapá es de suma importancia para entender la importancia del Río Colorado en el desarrollo de su modo de vida y la forma de habitar su territorio antes del siglo XX.11

El Delta del río se divide en dos partes, el Alto y Bajo Delta. El Bajo Delta está comprendido, en su mayor parte, al sur de Estados Unidos y una mínima en México en los estados de Baja California y Sonora. La importancia del Delta Río Colorado es que se inserta en la parte más septentrional y extremosa del Desierto de Sonora, de lluvia escasas, así que sus afluentes que cruzan Sonora y Baja California hacia el golfo permiten que en las superficies áridas haya gruesas capas de sedimentos fértiles, ricos en arcillas y limos de los cuales dependen una gran diversidad de flora y fauna (Gómez, 2000, pp.164-166).

En este ámbito desértico los cucapá desarrollaron su forma de vida y ocupación del territorio mediante un patrón de desplazamiento cíclico y estacional vinculado a los afluentes del agua del Río Colorado cuya base era la pesca, la recolección, la caza y la agricultura.

Gracias a las inundaciones estacionales del Río Colorado, “…los cucapá podían permanecer un tiempo mayor en ciertos lugares propicios para la siembra de algunos cultivos, como maíz, frijol, calabaza, melón y sandía así como podían cosechar semillas que crecían de forma silvestre en las zonas pantanosas del delta” (León y Magaña, 2006a, pp. 17-20).

Debido a que la corriente del Río Colorado estaba sujeta a cambios impredecibles, las crecidas y desbordamientos fluviales no les permitía habitar en un lugar fijo. Iban y venían de acuerdo a las temporadas y los recursos existentes. “Durante el verano vivían en terrenos localizados en las faldas de la sierra contigua, a salvo de las inundaciones; en el invierno iban a las tierras bajas del río y se establecían cerca de los campos agrícolas” (Gómez, op cit., p. 69).

La pesca la realizaban en los afluentes del río o lagos o lagunas que se quedaban al retirarse el agua, así como recolectaban y cazaban en sus riberas plantas comestibles, aves y mamíferos pequeños (ibid., p. 84).

Así pues, el territorio cucapá se habitó a partir del patrón de desplazamiento cíclico y estacional conformado por diversos espacios tradicionales de subsistencia y ceremoniales, configurando un territorio amplio, discontinuo y movible cuya base principal era la posesión y aprovechamiento de los recursos naturales a lo largo del Río Colorado, en donde las posibilidades del trabajo agrícola les permitieron conformarse en una comunidad tribal jerarquizada con identidad étnica seminómada (Ortega Esquinca, op cit., pp. 144-146; 176-177).


La colonización misional española en el norte del país

El proceso de colonización en la parte norte se dio hasta el siglo XVII a través del sistema misional. En 1697 se estableció el primer grupo de misioneros en el sur de la península y se construyeron 27 misiones para ocupar el territorio de los varios pueblos indígenas de California (Gómez, op cit., p. 17). La tutela de los misioneros sobre los indígenas era espiritual y legal, derivada de varias ordenanzas, cédulas e instrucciones reales que mandataban a reducir a los indígenas a pueblos para instruirlos en la “santa fe” y la ley evangélica con el objetivo de que olviden los “errores” de sus antiguos ritos y ceremonias, no vivan separados y divididos por las sierras y montes, y vivan en “concierto” y “policía” (v. León y Magaña, 2006b, pp. 29-30; 44-45; de la Maza, 1893, pp.11-45).

Los ordenamientos legalizaron la expansión y apropiación de los territorios; impusieron una religión, nociones de familia y monogamia propias del cristianismo; y por medio de acciones represivas intentaron imponer la forma de vida sedentaria y la incorporación de modos de producción más sistematizados mediante parcelas y cría de animales. Sin embargo, las misiones no pudieron concentrar a la población indígena por largos períodos de tiempo debido a que las condiciones geográficas dificultaban el abastecimiento de alimentos y cuando los recursos escaseaban los indígenas regresaban a sus áreas tradicionales de subsistencia, lo que les permitía alimentarse según sus costumbres y mantener la interacción con otros pueblos (Gómez, op cit., pp. 25-27; Garduño, 2004, p. 45).12

En el caso de los cucapá, la colonización misional no llegó a su territorio debido a que las condiciones geográficas no posibilitaron el asentamiento de misiones. Sin embargo, como explica José Alfredo Gómez Estrada (op cit.), la influencia que tuvieron los colonizadores sobre ellos fue indirecta a través de los pueblos colonizados con los que se relacionaban, así como por los encuentros con misioneros que durante un siglo exploraron el territorio cucapá. La influencia indirecta se reflejó en la adopción del uso de los caballos como medio de transporte y alimento, así como aprovecharon el ganado como una alternativa dentro de su alimentación.

Un elemento a destacar es que la apropiación del ganado por parte de los cucapá puso en evidencia las contradicciones entre los modos de concebir y las formas de apropiación de la naturaleza. Por un lado, los colonizadores se consideraban propietarios de los caballos y ganado criado en las misiones. Y, por el otro, los indígenas no tenían percepción de la propiedad y colectaban el ganado y los caballos como cualquier otro recurso disponible en sus espacios tradicionales de subsistencia. Esta contradicción se expresó en la ley y se sancionó la forma de apropiación sobre la naturaleza de los cucapá. El gobernador de Baja California en 1795 mandataba a que a los “indios” que cayeran por tercera vez en ese delito se les apresara, se les empleara a seis meses de trabajos públicos y se les diera doce azotes todos los domingos. A pesar de esta disposición, esta práctica perduró hasta las primeras décadas del siglo XIX (Gómez, op cit., pp. 28-30).

Este período, que para el resto de los pueblos en México representó el mayor despojo de sus formas de vida y territorios mediante relaciones de poder y violencia sin precedentes, para el pueblo cucapá no trastocó su modo de vida seminómada y la forma de habitar su territorio a lo largo del Río Colorado.


El México independiente y la expansión capitalista de Estados Unidos en el norte mexicano: el pueblo cucapá entre el conflicto fronterizo

La configuración del Estado en el norte mexicano no se puede comprender sin su relación con el desarrollo y consolidación política y económica de las Californias, así como con el proceso de expansión e intervención de los Estados Unidos. La interrelación entre estos dos procesos fueron el piso para las relaciones de colonialidad que se ejercieron sobre el pueblo cucapá y la (re)configuración de su territorio a partir de una superposición entre el espacio del capitalismo estadunidense y la lucha por consolidar las fronteras del Estado mexicano.

El paso entre la colonia y el proceso independentista implicó la culminación del régimen misional pero representó la imposición de un nuevo proyecto: el Estado Nación.13 Mediante la imposición de la lengua española entre los indígenas, un sistema de autoridad centralizada, la forma de vida sedentaria, la noción de propiedad privada (Garduño, op cit., p. 47) pero bajo discursos de nacionalismo, soberanía, ciudadanía, igualdad y progreso como modelo civilizatorio del naciente Estado.

La conjunción de los elementos anteriores constituyó el discurso legitimador de las relaciones de colonialidad para la conformación del Estado mexicano y su necesaria acumulación del poder, espacio y riquezas. Este discurso no describía la realidad de los pueblos indígenas en México, mucho menos de los de los pueblos del norte, donde además estaba en juego la lucha geopolítica por las Californias y primaba la consolidación de las fronteras y el desarrollo económico del norte. De modo que los presupuestos del Estado nacional se recitaban como prescripciones sobre estas colectividades que se consideraban atrasaban el desarrollo estatal.

En el ámbito específicamente territorial, dentro de los problemas que encontraron los gobiernos independentistas para realizar su proyecto fueron los territorios colectivos de los pueblos indígenas y las extensiones que acumulaban las misiones. Frente a la apropiación colectiva del espacio, la propiedad privada, su libre circulación y entrada al mercado era considerada como la única forma de salir del “atraso económico” (Villoro, 1981, pp. 118-122). En el caso de los cucapá, la cuestión del territorio colectivo era más complejo y no fue una cuestión sólo de convertir a propiedad privada su territorio extenso que ocupaban y donde se desplazaban estacionalmente en diversos espacios tradicionales de subsistencia y ceremoniales. En este siglo, de hecho, el territorio cucapá fue convertido a propiedad privada, pero los cucapá siguieron ocupando su territorio debido a que no pudo ser colonizado ni desarrollado económicamente por externos, como se verá más adelante.

Sin embargo, las leyes fueron fundamentales para la consolidación del Estado mexicano y su territorialidad. En el siglo XIX se impulsaron diversas leyes de secularización, desamortización y colonización de las tierras, que tenían como objetivo la prohibición de la acumulación de tierras y el fomento de su fraccionamiento; la nacionalización de las tierras propiedad de corporaciones civiles y eclesiásticas; la liberalización y la consolidación de la propiedad libre, plena e individual para maximizar los rendimientos, el desarrollo económico y su inclusión al mercado; el impulso del sistema tributario producto de las enajenaciones por adjudicación o remate de las tierras; y la colonización u ocupación de tierras considerada como “baldías” mediante la adjudicación privada a particulares y empresas mexicanas y extranjeras (Instituto Nacional de Estudios Históricos de la Revolución Mexicana [INEHRM], 1990, pp. 26-39; León-Portilla y Piñera, 2011, pp. 62-63).

En el caso de la Alta y Baja California, el proceso de secularización y colonización se implementó en la práctica a partir de 1822 a través de la concesión de tierras misionales a ranchos privados. La legalización inició en 1824 con la Ley de Colonización y su Reglamento de Colonización de Territorios de 1828; posteriormente, en 1830 el Jefe Político de Baja California emite un Reglamento local donde establece la extinción de las misiones, y en 1833 el gobierno nacional emite un Decreto que dispone la secularización de las misiones de la Alta y Baja California (León y Magaña, 2006b, pp. 52-55; de la Maza, op cit., pp. 237-239; 250-251).

Las medidas de colonización autorizaban a los Jefes Políticos a conceder los terrenos “baldíos” a particulares, familias y empresarios mexicanos o extranjeros. El único requisito que debían cumplir era cultivar o habitar las tierras cedidas en el tiempo y con el número de personas o familias ordenado por el Jefe Político; si no se cumplía con esta obligación, las concesiones se nulificaban (de la Maza, op cit., pp. 237-239). El Reglamento local mandataba repartir tierras de las misiones excepto aquellas que tuvieran un número considerable de indígenas cristianizados; no obstante, esta excepción no fue respetada.

Este proceso de secularización y colonización no puede entenderse sin la expansión de los colonos angloamericanos en el sur de los Estados Unidos y el desarrollo de sus empresas e intereses capitalistas en la Alta California y, posteriormente, en la Baja California, que llevó años después a la invasión estadunidense y consecuente conformación de la frontera México-Estados Unidos.

Los colonos angloamericanos se asentaron en la Alta California en el siglo XIX; en 1827 llegaron a la región Deltaica del Río Colorado y para 1846 había 1200 nuevos residentes extranjeros que en su mayoría eran estadunidenses. José Alfredo Gómez Estrada (op cit.) explica que:


En Estados Unidos la avidez de riqueza y el deseo de expansión no sólo impulsaron al ciudadano común a traspasar límites naturales y geopolíticos. La ansiedad por poseer otras regiones y tener a su disposición más y nuevos recursos fue un poderoso aliciente, tanto para el pueblo como para sus gobernantes. Entre ellos:

el vínculo era perfecto: a veces los colonos presionaban para conseguir ayuda en la ocupación de un territorio; a veces el gobierno (…) consciente de las ambiciones de su gente, creaba las condiciones propicias para su expansión hacia un territorio determinado. Prueba de ello fue la subvención de folletos y libros que aludían a la potencialidad de una u otra región (…) El gran número de diarios de pioneros y colonos despertaron y desarrollaron el anhelo por las tierras texanas y californianas [de México, despobladas y lejanas del centro de la república]’. (pp. 38)


El avance de capitalismo estadunidense a través de la gestación de la especulación de tierras a gran escala, que para la cuarta y quinta década del siglo XIX ya estaban organizados en compañías, buscaban explotar las riquezas de los valles que iban ocupando en las Californias. Desde 1822 la formación de ranchos privados generó una fuerte presión por parte de los rancheros de la Alta California, sobre todo del área de San Diego, para que se secularizaran las tierras de las Fronteras (León y Magaña, 2006b, pp. 55-57).

La inclusión de extranjeros en la colonización del norte y la lejanía con el gobierno central puso en la mira de Estados Unidos a las Californias; así que para 1845 el gobierno estadunidense veía la importancia de la adquisición de la Alta California por la situación estratégica de la bahía de San Francisco en el comercio internacional (Gómez, op cit., p. 39).14 En 1846 este país declara la guerra a México y después de su derrota se firma el Tratado de Guadalupe-Hidalgo mediante el cual Estados Unidos adquiere los actuales territorios de Arizona, Nevada, Utah, y porciones de Nuevo México, Colorado y Wyoming. “Con esta nueva demarcación, el Río Colorado quedó casi en su totalidad en Estados Unidos, la zona deltaica fue seccionada en dos y con ello los quechan se convirtieron en indios estadunidenses y los cucapá en mexicanos” (ibid., p. 40).

Además, la firma del Tratado afectó el área de interacción social regional del pueblo cucapá localizado en la Cuenca Baja del Río Colorado y Gila, la mayoría del Río Colorado quedó en jurisdicción de Estados Unidos y el bajo Delta del río que transitaba a lo largo del territorio cucapá fue ocupado por la navegación fluvial, pues el Tratado dejaba el paso libre en todo tiempo a los buques y los ciudadanos de los Estados Unidos (ibid., p. 44).

Debido a la búsqueda de oro en la Alta California, ahora perteneciente a Estados Unidos, tanto el Río Gila como Colorado empezaron a usarse como medio para transportación debido a que la geografía desértica no permitía otras vías. Los nuevos californianos protoempresarios comenzaron a realizar incursiones en islas, costas, sierras y valles bajacalifornianos y a explotar ilegalmente los recursos naturales como la sal, oro, pastizales, madera, azufre, etc., en el Bajo Delta del Río Colorado mexicano, donde se encontraba una parte del territorio cucapá (ibid., p. 40).

En 1873 los pobladores de la zona eran en su mayoría los cucapá, pai pai, kumiai y kiliwa porque el gobierno no había podido consolidar ni la colonización15 ni su poder público en la Baja California; así que frente a las amenazas de invasión de Estados Unidos implementó una nueva etapa de colonización (ibid., pp. 46-57).

En 1863 se decreta la Ley sobre Ocupación y Enajenación de Terrenos Baldíos; en el primer artículo define a las tierras baldías como aquellas que no han sido destinadas a uso público por la autoridad, ni cedidas a título oneroso o lucrativo a individuo o corporación para adquirirlo. Y faculta al Estado a disponer de los terrenos que no se encuentren dentro de las categorías de tierras de utilidad pública o privada mediante su venta a particulares y se otorga el derecho a todo ciudadano mexicano a denunciar y adquirir hasta 2.500 hectáreas de terrenos baldíos.

En 1875 se publica la Ley de Colonización, que a diferencia de las leyes anteriores y ante la incapacidad del gobierno para realizar los trabajos de deslinde, medición, traslado y arraigo de la nueva población, se incluye a la iniciativa privada para realizar este trabajo, y como pago por sus tareas se les ofrece la cesión de hasta la tercera parte de tierras habilitadas por las empresas.

Estas leyes privilegiaron la propiedad privada sobre cualquier otro tipo de forma de tenencia de la tierra como las de los pueblos indígenas seminómadas. La noción de espacio vacío heredada del período colonial se retomó mediante el concepto de territorios baldíos cuyo objetivo era la repoblación y la consolidación de las fronteras a través de la propiedad privada.

Además, la incorporación de corporaciones o compañías colonizadoras mexicanas y extranjeras tuvo consecuencias para el pueblo cucapá y su territorio ancestral, pues las tierras del Bajo Delta del Río Colorado empezaron a ser denunciadas como baldías. Este proceso se aceleró al final del siglo XIX porque el valor del territorio cucapá aumentó cuando en 1873 el gobierno mexicano mandó a cartografiar desde la frontera hasta la desembocadura en el Golfo de California con el objeto de planear su colonización y desarrollo. El descubrimiento fue que la mayoría de las tierras con potencial agrícola eran habitadas por los cucapá porque los sedimentos que venían de las aguas del río Gila y Colorado las hacían fértiles. Dentro de los beneficios de estas tierras se descubrió el cáñamo silvestre con potencial para la industria. En 1874 se empezó la explotación de esta planta por la Compañía Mexicana Agrícola, Industrial y Colonizadora de Terrenos del Río Colorado, cuyo grupo de empresarios mexicanos residían en San Francisco, Estados Unidos. Entre los socios estaba Guillermo Andrade (ibid. pp. 57-65, 113-117).

Guillermo Andrade por medio de dos contratos de compra venta con el gobierno central se convirtió en el dueño absoluto del Bajo Delta del Río Colorado, es decir, del territorio cucapá. En ambos contratos se le obliga a colonizar las tierras concesionadas por el gobierno. En el primer contrato de 1878 no pudo cumplir con la obligación de asentar a 200 familias y en marzo de 1888 se le rescinde el contrato con la promesa de compraventa que dio vida, en ese mismo mes, a otro contrato donde se le otorgan más hectáreas del Bajo Delta. En este contrato se obliga a asentar a 70 familias cucapá y a otorgarles por lo menos 10 hectáreas a cada una con expedición de título de propiedad al jefe de familia (ibid., p. 120). Esta obligación no fue cumplida y puso en evidencia nuevamente que, a finales del siglo XIX, dentro del modo de vida cucapá el concepto de propiedad privada no hacía sentido y tampoco les representaba nada tener un documento legal como aval de esa propiedad.


En marzo de 1890, Andrade se quejó ante la Secretaría de Fomento de que los cucapá no habitaban un lugar fijo, razón por la cual, era imposible establecerlos en una parcela. Sin duda, la intención de Andrade de arraigar a un grupo de familias indígenas y convertirlos en colonos estaba destinada a fracasar, pues los cucapá no estaban acostumbrados a subsistir como grupos sedentarios. (ibid., p. 121)


Así pues, la consolidación del Estado en este siglo representó para los cucapá el despojo de su territorio por vías legales; sin embargo, la imposibilidad de impulsar el desarrollo agrícola y la colonización debido a las condiciones geográficas y el comportamiento impredecible del Río Colorado permitió que los cucapá conservarán su modo de ocupación de su territorio mediante desplazamientos estacionales en sus espacios tradicionales de subsistencia y ceremoniales que combinaban con el trabajo asalariado en el corte de caña, tala de árboles y navegación en los barcos de vapor, trabajo asalariado al que se incorporaron con el avance del capitalismo estadunidense en las Californias.

Pero las tierras ya estaban privatizadas legalmente; así que el monopolio de ellas por Guillermo Andrade lo capacitaron para incorporarse a las transacciones especulativas a través de la creación de diversas empresas de colonización e irrigación. Este proceso inició en Estados Unidos con el impulso de la colonización del Valle Imperial y la necesaria construcción de sistemas de irrigación.16 Desde el momento en que se desarrolló la agricultura en el Valle Imepero, el desarrollo del Bajo Delta en México quedó vinculada a la economía y desarrollo en el país vecino.

Entonces, este siglo se caracterizó por la lucha geopolítica entre Estados Unidos y México por un territorio desértico donde el agua del Río Colorado era codiciada, así como los recursos naturales que dependían de los afluentes del Río Colorado. Y donde la urgente consolidación fronteriza y fortalecimiento del poder estatal en Baja California se impulsó mediante la privatización del territorio y la incorporación de corporaciones mexicanas y extranjeras en la tarea de colonización y desarrollo económico. La legislación de secularización y colonización fue la plataforma para la privatización, especulación, acumulación y expansión sobre el territorio y recursos naturales de los cucapá. Estos fenómenos ignoraron e invisibilizaron la configuración del territorio cucapá y su forma de vida seminómada, así como pusieron el piso para las medidas que en el siglo XX llevaron al despojo más agresivo hacia este pueblo.


¿Colonialidad o reconocimiento de derechos de los pueblos? La lucha cucapá por su territorio y su forma de vida

El siglo XX representa el de mayor dominación y violencia estatal y empresarial hacia los cucapá: se consolida el poder estatal en Baja California,17 así como las empresas y los intereses de Estados Unidos se apoderan de su territorio y recursos naturales.

Este siglo inicia con el impulso de la explotación principalmente ganadera y agrícola en Valle Imperial y Calexico en Estados Unidos y en el Valle de Mexicali en México bajo modos de organización capitalistas (Almaraz, 2007, p. 115). El desarrollo agrícola de estos lugares fue posible gracias al control del Río Colorado por medio de los canales de irrigación y presas, entre otras cosas.

Tanto el desarrollo agrícola como el control del agua del Río Colorado se promovieron por empresas o grupos estadunidenses y empresas o inversionistas estadunidenses vinculados a empresarios mexicanos.

En 1901 inició la derivación de las aguas del Río Colorado por la California Development Company; entre 1902 y 1904 esta empresa construyó 3 canales provisionales, sin embargo, la falta de capacidad para controlar las aguas del Río provocaron en 1905 la inundación de los 3 canales y amenazaron con inundar Mexicali y Valle Imperial. Para solucionar esta crisis la California Development Company y la Compañía ferrocarrilera Southern Pacifc Railway desviaron su cauce (Gómez, op cit., p. 73).

Debido a ello, el cauce quedó seco y la falta de agua tuvo repercusiones en la vida de los indígenas cucapá, cuya forma de subsistencia dependía de los flujos de agua “…no tuvieron manera de lograr ningún cultivo y es probable que no hayan podido recolectar el quelite, el arroz silvestre y el tule que se daba gracias a la humedad del río. En esas circunstancias las familias indígenas tuvieron que buscar un trabajo remunerado para poder subsistir” (ibid., p. 88). Según José Alfredo Gómez Estrada (op cit.) estas medidas fueron la primeras que causaron una importante fractura en el modo de vida de los cucapá; sin embargo, tanto el desarrollo agrícola de las tres ciudades mencionadas como el subsecuente manejo y obras de contención del agua del Río Colorado en Estados Unidos constituyeron el mayor despojo del territorio cucapá y agresión a su forma de vida.

La construcción de canales de riego alentó el desarrollo agrícola del Valle Imperial, así como el interés en el área de terrenos fértiles del Bajo Delta del Río Colorado perteneciente legalmente a Guillermo Andrade. Su aprovechamiento estaba planeado por el grupo de accionistas de la Colorado River Land Company (ibid., p. 78). En 1905 Guillermo Andrade vende las tierras a esta Compañía, quién en 1911 alentó “…la compraventa de bienes raíces traspasando terrenos a otras sociedades mercantiles que estaban estableciéndose en la localidad” (Almaraz, op cit., p. 121). El fraccionamiento de la tierra y su renta a privados, aunado a las necesidades de algodón debido a la Primera Guerra Mundial en 1914, desarrolló la industria algodonera para exportación en Mexicali. La necesidad de mano de obra para la producción e industria algodonera provocó la migración china y en menor medida de otros estados del país. En 1925, la River Land Company dona algunas tierras y el gobierno expropia otras para formar dos colonias agrarias en Mexicali y consolidar la colonización.

Hasta este momento, por medio de las leyes de colonización y deslinde de terrenos las tierras se vendían o arrendaban con contratos privados bajo una lógica de libertad comercial y, con ello, también la explotación de los recursos naturales se volvió privada. Lo que estaba detrás de las leyes era el deseo estatal de colonizar y desarrollar económicamente a Baja California bajo una lógica capitalista impulsada por las diversas empresas e inversionistas privados extranjeros (sobre todo estadunidenses) y nacionales. En este sentido, lo que guiaba la organización del territorio era la lógica puramente mercantil y productivista de explotación y mayor beneficio de los recursos naturales: la tierra y el agua eran los recursos de mayor interés principalmente en la agricultura algodonera; la especulación de lotes y terrenos era necesario para incentivar el crecimiento poblacional. En el caso de la explotación minera era difícil debido las condiciones geográficas agrestes y de altas temperaturas que no permitían la explotación a bajo costo (ibid., p. 124-127).

Al privatizarse la tierras y debido al crecimiento poblacional, la lógica seminómada del pueblo cucapá y su territorio se subordinó a la configuración privada que no existía dentro de su modo de vida, ni en sus formas de apropiación del territorio y usufructo de los recursos naturales. También provocó que las familias cucapá empezaron a salir de sus lugares donde habitaban para trasladarse al norte y al sur de la línea fronteriza en busca de trabajo. En 1917 algunas familias cucapá se habían asentado de modo permanente en las inmediaciones de Yuma y fueron reconocidos como indios de Estados Unidos otorgándoles dos reservaciones en Somerton. En 1918 las características demográficas de Mexicali habían cambiado, la población indígena dejó de ser la más numerosa y la dispersión regional de las familias cucapá daba la impresión de que el número había disminuido en forma drástica (Gómez, op cit., p. 10).

A partir de este proceso son dos los fenómenos que marcan la historia posterior de Baja California y Mexicali, así como del despojo sobre el pueblo vinculado al Río Colorado y la imposición de modos de vida externos.

Por una parte, en 1925 con la reforma agraria se dan las primeras expropiaciones para la formación de colonias en Baja California. En estas primeras dotaciones no existen registros exactos de que los cucapá hayan recibido tierras pero “…los indígenas siguieron realizando cultivos hasta la década de 1930, aunque supeditados a las necesidades hidráulicas de compañías y de los agricultores establecidos en ambos lados de la línea divisoria internacional” (ibid., p. 128). En 1937 se dota de tierras a los cucapá mediante los ejidos Cucapá indígena y Cucapá mestizo, el primero integrado por indios y mestizos, y el segundo por familias de ascendencia indígena, pero la dotación de tierras en lugar de asegurarles un espacio de vida y subsistencia provocó la pérdida de las tierras otorgadas, ya que no tenían nociones de propiedad, los títulos agrarios no significaban nada en su cultura, no conocían las leyes mexicanas ni las formas de trabajo establecidas; así que para 1946 la mayoría de ellos habían perdido sus derechos agrarios (ibid., pp. 129-135; Sánchez, 2000, pp. 60-61; 66-67). Aunque en 1972 los integrantes de este pueblo se organizan para solicitar la restitución de tierras agrarias, el Estado les otorga como bienes comunales una extensión total de 143.053-50-00 hectáreas, es decir, un poco más de ciento cuarenta y tres mil ha de terrenos pedregosos, arenosos y desérticos en la Sierra Cucapá, las cuales no tenían las condiciones geográficas ni climáticas para establecer una población ni mucho menos para uso agrario (Diario Oficial de la Federación [DOF], 1973).

Por otra parte, la disputa entre México y Estados Unidos por el control y suministro del agua del Río Colorado se acrecentó debido a la irregularidad del río y la necesidad creciente de agua para uso urbano y agrícola en Wyoming, Utah, Colorado, Nuevo México, Nevada, Arizona y California. Esta disputa fue desigual entre los países porque la mayoría de derechos para conducir el agua los tenían empresas estadunidenses con filiales en México, aunque en 1916 los derechos pasan a ser de la entidad pública denominada Organización del Distrito de Riego Imperial. En 1922 se firma el Pacto de Santa Fe, donde unilateralmente los estados del otro lado de la frontera se distribuyen el agua y le otorgan una cantidad de excedentes a México. La escasez y los cauces incontrolables afectaban directamente el desarrollo agrícola de ambos lados de la frontera, así que Estados Unidos inició con la construcción de grandes presas y sistemas de irrigación, como la Hoover (en 1935), la imperial y el Canal Todo Americano (en 1943); y aunque en 1944 se firma el primer Tratado sobre distribución de aguas internacionales de los Ríos Colorado, Tijuana y Bravo, se siguieron construyendo presas del otro lado de la frontera. (Gómez, op cit., pp. 101-112).

Las consecuencias de los anteriores dos fenómenos para el pueblo cucapá fueron devastadoras: la nacionalización de los derechos sobre las tierras y el agua despojó a los cucapá de todo derecho sobre su territorio18 y, además, la reforma agraria fue una imposición más sobre su forma de vida seminómada, ya que su modo de relacionarse con el territorio y los recursos naturales nada tenía que ver con el sedentarismo y la posesión permanente y continua sobre las tierras y el agua, cuya lógica estaba ligada específicamente al desarrollo agrícola.19

Aunado a esto, en la disputa entre México y Estados Unidos por los derechos de administración del agua del Río Colorado, el pueblo cucapá quedó sin posibilidad de voz ni defensa del río del que dependía la sobrevivencia de su forma de vida. Además, que la contención de grandes volúmenes de agua y canalización del río tuvieron un alto impacto ambiental en la zona deltaica. Las obras modificaron las características, el funcionamiento y la productividad del delta, lo que tuvo repercusión directa en la forma de vida y sustento de las familias cucapá. Además, en 1936 cuando la presa Hoover entró en funcionamiento, el gobierno estadunidense suspendió definitivamente la licencia que permitía a los indígenas cruzar la frontera y el pueblo cucapá queda dividido entre Estados Unidos y México (Ibid., pp. 103-112; 150).

De modo que, el despojo territorial hacia este pueblo fronterizo se articuló en este siglo bajo el discurso del progreso y el desarrollo de dos naciones. En el caso de Estados Unidos, la canalización del Río Colorado para el desarrollo económico, urbano y turístico de la Alta California y, en el caso de México, la consolidación del territorio nacional, el poder público y el desarrollo económico de Mexicali en Baja California.

Por un lado, la legislación agraria, que fue una alternativa para otros pueblos indígenas en México, para los cucapá representó una vía de fragmentación y despojo de su territorio y su forma de vida basada en el desplazamiento estacional y cíclico que habían conservado hasta inicios del siglo XX. El encuentro con los derechos de propiedad social no era parte de la forma de apropiación de la vida seminómada de los cucapá pero es posible que su entendimiento fue lo que los llevó a reclamar la restitución de sus tierras en 1972. Aunque estas tierras que otorgó el Estado en esta época fueron poco útiles porque eran completamente desérticas y sin posibilidad de ser habitadas; sin embargo, la expansión del capitalismo en la actualidad ha hecho que sean codiciadas para proyectos de energía eólica, mineros, plantas de manejo de residuos tóxicos, etc., lo que ha llevado a conflictos internos intra comunitarios.

Y por el otro lado, la escasez de agua en el Río Colorado, impactó negativamente en los hábitats en los que los cucapá pescaban, cazaban, recolectaban y les proporcionaban la fertilidad de las tierras para cultivar, provocando que sus actividades de subsistencia se redujeran. Además, apartir del siglo XX, la distribución y los derechos de agua otorgados a México dependieron de la voluntad del país vecino para conceder excedentes de agua.

Es así como después de 1978 y durante la década de los ochenta, Estados Unidos dio excedentes de agua que inundaron partes del Río Colorado, el Río Hardy (tributario del Colorado) y la Laguna Salada; ello les permitió realizar su pesca en abundancia. Pero no fueron los únicos, debido a la riqueza de recursos pesqueros, otros mexicanos se incorporaron a la pesca a lo largo del Río Colorado; así que la pesca empezó a ser una actividad comercial y los pescadores comenzaron a organizarse bajo el sistema de cooperativas. Sin embargo, para finales de 1989 Estados Unidos retiró los excedentes y los espacios de pesca se secaron. (v. Bravo, en prensa)

Como menciona Alejandra Navarro (2008), la consecuencia de estos cambios “…afectaron profunda y negativamente las aguas de los ríos y las cuencas donde los cucapá pescaban, a partir de 1980, éstos se trasladan su campamento de pesca a la zona conocida como El Zajón” (p. 176) Y desde este momento la dinámica de su pesca y forma de organización cambia debido a dos factores: primero, el Estado los incorpora al ordenamiento pesquero como permisionarios de la Unidad Comunal de Producción Pesquera y posteriormente de la Sociedad Cooperativa; y el segundo, los integra al sistema productivo pesquero nacional bajo la lógica de mercado que los sujeta a intermediarios en la venta a pequeña escala (ibid.). Pese a ello, la pesca sigue constituyéndose como parte fundamental de su forma de vida y el Río Colorado y su desembocadura sigue siendo considerado por los cucapá como parte de su territorio ancestral.


EL CONFLICTO ACTUAL A MODO DE CONCLUSIÓN

Después de casi un siglo de prescribir en la ley un Estado basado en la homogeneidad cultural, en los noventas se empieza a reconocer gradualmente en la Constitución la composición pluricultural de México, así como algunos derechos de los pueblos indígenas. En 1990 México había ratificado el Convenio 169 de la OIT sobre Pueblos Indígenas y Tribales ratificado; en 1992 se realizó la primera reforma constitucional donde por primera vez se menciona la naturaleza pluricultural del país pero no se reconocen derechos colectivos (artículo cuarto), y en 2001 se reforma el artículo segundo constitucional donde se reconocen algunos derechos colectivos excepto los más importantes para el movimiento indígena nacional, como eran las autonomías extracomunitarias, territorio, entre otros.20

No obstante, este reconocimiento se enmarcó por la entrada de las políticas neoliberales en el país y establecieron al multiculturalismo neoliberal como respuesta a las demandas históricas de los pueblos indígenas en el país. Este multiculturalismo neoliberal implicó un reconocimiento limitado de derechos colectivos que no trastocaban los derechos privados y patrimoniales necesarios para la reproducción del capital (v. Bravo, 2015). De modo que, lo que perméo y guió la práctica dominante del derecho mexicano fue la liberalización económica y la privatización que tomó mayor fuerza con el Tratado de Libre Comercio de América del Norte, TLCAN (10 de junio de 1993); después en 1992 se reforma el artículo 27 constitucional que abre el régimen social de las tierras agrarias a su privatización y liberalización. Asimismo, esta última reforma fue la entrada para varias legislaciones que reconfiguraron las relaciones de colonialidad sobre los pueblos indígenas, ya que permitieron el despojo y privatización de sus territorios y recursos naturales y culturales (ibid.).

Actualmente, los cucapá están dispersos en Sonora y Baja California en México y en Arizona en Estados Unidos. En el caso de los cucapá de Baja California su espacio de pesca está localizado dentro de la Región del Alto Golfo de California y Delta del Río Colorado. Esta región se caracteriza por tener una biodiversidad importante, así como la actividad pesquera ha desempeñado una función fundamental en la economía regional (Navarro, Bravo y López, 2014, pp. 48-51). En los 80’s, en la región se empiezan a impulsar cambios al modelo pesquero y ambiental para abrirlos al libre comercio y a la privatización. En materia pesquera, a principios de 1990, se impulsaron cambios drásticos en la industria pesquera: se desmanteló legalmente la forma de organización cooperativa, motor de la pesquería desde la década de los 30’s; los derechos sobre recolección, control de todas las facetas de la producción y distribución se transfirieron gradualmente a los inversionistas privados; y el enfoque para el manejo de la industria pesquera se fundó en la modernización para llegar a mercados extranjeros y mejorar la eficiencia en el funcionamiento (Valdéz-Gardea, 2010).21

En cuanto a la política ambiental, la agenda internacional ambientalista de la ONU y la UNESCO empezaron a permear a nivel nacional desde los 70´s. A partir de los 80’s, la academia ambientalista y los grupos conservacionistas nacionales e internacionales empezaron a ejercer presión al gobierno mexicano para cambiar su paradigma productivista y de crecimiento económico a una “política ambiental moderna” vinculada al desarrollo, la igualdad social y la participación de la sociedad civil (Carabias, de la Maza y Provencio, 2008, pp. 31-37).22 En los noventas el tema ambiental vinculado a desarrollo y pobreza estaba posicionado en la agenda mexicana. Aunado a ello, la descentralización del Estado -impulsada como parte de la agenda neoliberal- incorporó a actores del mercado y la sociedad civil en decisiones de orden público, lo que llevó a que en materia ambiental las políticas ambientales introdujeran el tema de participación ciudadana (Paz, 2008).

Así, a nivel nacional se conjugaban las transformaciones de la agenda ambientalista, el reconocimiento de derechos indígenas y la consolidación de las políticas neoliberales. Y en la región del Alto Golfo de California y Delta del Río Colorado la privatización pesquera y su entrada de la economía de mercado conllevaron a la sobreexplotación de los recursos pesqueros. El resultado fue que la biodiversidad se vio seriamente amenazada y la región se convirtió en prioritaria para los grupos ambientalistas a nivel nacional e internacional (Luque y Gómez, 2007, pp. 92-98).

A los llamados de los grupos ambientalistas se sumó la presión para que, ante la firma del TLCAN que estaba en puerta y como símbolo de buena voluntad, México adoptará una agenda ambientalista. La conjunción de estos dos factores llevó a que el presidente Carlos Salinas de Gortari decretará el 10 de junio de 1993 la creación de la Reserva de la Biósfera Alto Golfo de California y Delta del Río Colorado.23 Dentro de esta Reserva, sin consulta, ni consentimiento previo, libre e informado, se incorpora como parte de la Zona Núcleo el lugar donde actualmente pescan los cucapá. La Zona Núcleo implicó para los cucapá la prohibición de cualquier actividad de aprovechamiento y, por tanto, a la criminalización del acceso al territorio de pesca y de su actividad pesquera de la curvina golfina (ver Fig. 1), especie que es aprovechada por ellos desde finales de febrero a abril mediante la pesca comercial, de la cual en su mayoría depende la subsistencia de todo el año de las familias cucapá.



Figura 1: Zonificación de la Reserva.


Esta medida convirtió a los cucapá en pescadores ilegales (Navarro, 2008, p. 175). A la medida se sumaron diversas normatividades, entre ellas, el 16 de agosto del 2007 se publicó la NOM-063-PESC-2005 que establece una veda sobre la curvina golfina en la última temporada de pesca cucapá (Navarro, Bravo y López, 2013; Navarro, Bravo y López, 2014). Y desde 2011 a 2015 se decretaron anualmente Acuerdos de Cuota de Captura para la curvina golfina que limitaron la cantidad de toneladas que los pescadores de la región pueden extraer del recurso.24

La supeditación de los cucapá a la normatividad ambiental y pesquera ha representado prohibiciones graduales sobre su actividad pesquera, lo que ha atentado directamente sobre su identidad indígena pesquera, pues las familias cucapá que están dispersas en diferentes ejidos y en la comunidad indígena El Mayor Indígena Cucapah sólo confluyen durante la temporada de pesca de la curvina golfina (Navarro, Bravo y López, 2013; Navarro, Bravo y López 2014).25

Además, las medidas legales y su implementación han dado un trato “igualitario” a todos los pescadores que están en la Reserva bajo un discurso de protección y preservación de las especies, sin tomar en cuenta, por un lado, la relación histórica de los cucapá con el Río Colorado así como la importancia de la actividad pesquera para su identidad indígena. Y, por otro lado, tampoco se consideran las diferencias en la explotación y comercialización pesquera de los cucapá respecto a los otros pescadores de la región organizados en cooperativas o en el sector privado industrial.26 En el caso de los cucapá su esfuerzo pesquero es mucho menor27 y se constituye como la entrada principal de su economía anual, mientras que los demás pescadores explotan diversas especies, incluyendo la curvina golfina, durante todo el año.

A lo anterior se suma la progresiva criminalización de la pesca cucapá, como las sanciones y decomisos de su pesca y artes de pesca, que han precarizado la vida de las familias cucapá y puesto en riesgo su subsistencia basada en la comercialización de la curvina golfina (Navarro, Bravo y López, 2013, pp. 155-163).

Así pues, la incorporación de los pescadores cucapá al ordenamiento pesquero, su sistema productivo bajo la racionalidad de mercado y, posteriormente, la Reserva, ha impuesto una lógica estatal fundada en la productividad y sustentabilidad de los recursos naturales que no toma en cuenta las nociones y prácticas culturales y económicas que los indígenas cucapá tienen sobre su territorio y su actividad pesquera. La aplicación de la ley enfocada a la protección y preservación del ambiente ha violado sistemática y progresivamente los derechos colectivos de este pueblo, creando un abismo para crear una posibilidad real y conjunta sobre la conservación de las especies pesqueras. Ello, en un momento donde formalmente existe mayor reconocimiento de derechos indígenas, que se fortaleció en el 2011 con la reforma constitucional de derechos humanos.28

No obstante que los cucapá han sido despojados históricamente de su territorio, actualmente siguen resistiendo y luchando por conservar el último resquicio de su espacio de pesca, la desembocadura donde se encuentra la Zona Núcleo de la Reserva, que ha hecho ilegal el acceso a su territorio y su actividad pesquera. Como parte de esta lucha, los pescadores cucapá conformados en la Sociedad Cooperativa Pueblo Indígena Cucapá Chapay Seis Jhiurrar Cucapa inició desde 1993 un proceso de defensa política y jurídica en diversos espacios jurídicos y políticos: a nivel federal, estatal y municipal mediante gestiones, cabildeo y negociación con autoridades judiciales, administrativas y legislativas, así como se han interpuesto varios amparos agrarios y administrativos. A nivel internacional, han recurrido a la Organización de Naciones Unidas y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (2008). Todo esto acompañado de movilización política mediante diversas estrategias: tomas de carreteras, edificios públicos e impacto en medios de comunicación local y nacional. (Navarro, Bravo y López, 2013; Navarro, Bravo y López 2014; Bravo en prensa). Dentro de los éxitos de la lucha política jurídica frente a la creación e implementación de los Acuerdos de cuota de captura que se aplicaron anualmente desde 2011, los cucapá lograron que se suspendiera su implementación para las temporadas de pesca desde 2015.29

El tránsito histórico que se ha propuesto en este artículo nos deja ver como la legalidad estatal e internacional (en la disputa por el Río Colorado) ha sido una herramienta fundamental para el despojo de los territorios indígenas. Desnuda las relaciones de colonialidad que están atrás de él, más allá del insistente discurso del derecho neutral que nos enseñan en las facultades de derecho. No obstante, este recorrido histórico también nos muestra como los cucapá son un pueblo que actualmente sigue resistiendo y usa las vías legales y políticas, así como se ha apropiado de los derechos de los pueblos indígenas reconocidos en normas nacionales e internacionales para defender su forma de vida, su espacio de pesca y actividad pesquera.


NOTAS

1 Retomo el concepto de espacio de la geografía crítica, tales como Neil Smith, David Harvey, Milton Santos, Efraín León Hernández, entre otros. La geografía crítica ha propuesto comprender al espacio social desde la dialéctica histórica del espacio a partir de su producción y reproducción de las relaciones sociales en el marco del capitalismo. El espacio será una producción histórica de los grupos sociales donde se amalgaman dialécticamente pensamiento, acción y materia en su heterogeneidad. Cada espacialidad será una totalidad, pero no entendida como completitud y coherencia sino como un proceso dinámico de propuestas espaciales en su interescalaridad inmersas en relaciones desiguales y contradictorias de poder. De modo que el espacio será apropiado cotidianamente y se le otorgará valor e intención mediante la producción y reproducción interrelacionada de prácticas, representaciones e imaginarios espaciales, que son, a la vez, materiales, instrumentales y simbólicos. Por su parte, territorio lo entiendo como una forma de configuración del espacio.

2 Un estudio más amplio de la noción dialéctica del derecho y el espacio, v. Bravo (2015).

3 Sobre los usos del derecho y los derechos como campo en disputa los he abordado en Bravo (en dictamen). Sobre reapropiación y dinamismo de los derechos indígenas en marcos de pluralismo jurídico e interlegalidad, v. Sierra, Hernández y Sieder (2013).

4 La modernidad no la comprendo como un concepto unívoco, un período o conjunto de períodos en la historia, sino como un proceso histórico que se desarrolla o transita a través de diversas prácticas y concepciones espaciales, sociales, políticas, intelectuales, culturales, económicas y jurídicas. Expresa Bolívar Echeverría (2011) “…no se puede hablar de una modernidad sino ante la diversidad de sociabilidades también coexisten diferentes modernidades en conflicto, aunque fue la capitalista la que se constituyó como hegemónica primero en Europa y después en el mundo entero” (p. 7).

5 Para el autor, la idea de la raza en sentido moderno no tiene historia conocida antes de América; requirió como referente a América para constituirse conceptualmente en términos modernos (Quijano, 1993, p. 202).

6 Carl Schmitt (2002) al analizar el carácter imperialista del derecho internacional público, expresa que la noción de espacio vacío o libre fue fundamental para la expansión colonial europea debido a que no podían justificarla mediante el espacio enemigo. Los primeros ordenamientos de este derecho imperialista son la Bula Intercaetera Divinae del Papa Alejandro VI, 1493 y el Tratado de partición hispano-portugués de Tordesillas de 1494 (pp. 53-74).

7 Dentro de este patrón, las relaciones de trabajo se constituyen a partir de la deliberada producción de mercaderías para el mercado mundial, así como existen no sólo de manera simultánea en su espacio y su tiempo con su capital y su mercado, sino confluyen y se articulan entre sí alrededor del eje del capital y del mercado mundial. El capitalismo en este sentido, es un heterogéneo engranaje de todas las formas de control del trabajo y sus productos bajo el dominio del capital. Comprendiendo por capital la relación social basada en la mercantilización de la fuerza de trabajo (Quijano, op cit., pp. 219-220).

8 Las relaciones internacionales y el lugar jerarquizado de los países se definían por la funcionalidad que cumplían las economías periféricas en el mercado mundial y por el grado de dependencia de ellas a las economías centralizadas (Sepúlveda, s.f., pp. 19-25).

9 La discusión sobre el modo de vida cucapá se enfoca en la forma de organización e integración social. Algunos autores como José Alfredo Gómez Estrada (2000) consideran que los cucapá estaban organizados en bandas. Las bandas son consideradas como la forma de organización social más simple que tienen poco desarrollo de filiación, territorialidad y linaje, así como no tienen instituciones ni grupos especializados y su densidad demográfica es baja. Aunque al externo, se pueden organizar a partir de un sistema de agregación de bandas (macrobandas). Frente a ello, Agustín Ortega Esquinca (2004) propone que los cucapá alcanzan un mayor grado de organización e integración social de las comunidades del norte mediante la comunidad tribal jerarquizada que tienen un modo de vida organizado mediante el desplazamiento cíclico y estacional en un área de interacción regional, así como poseen una clara identidad o pertinencia étnica, redes sociales o de parentesco, una organización social e institucional y un territorio delimitado. (v. Gómez, 2000; Ortega, 2004)

10 Las comunidades yumanas que habitaban la región del Delta eran los Quechan, Cucapá, Jallicuamay y Quíquima. Por otra parte, el concepto de región de Agustín Ortega Esquinca (2004), implica tanto el medio geográfico como la parte social en la que están presentes diversas sociedades, mismas que interaccionan entre sí, con todas las implicaciones y contradicciones de la coexistencia vecinal (pp. 86-92).

11 Para Agustín Ortega Esquinca, el medio no determina la cultura. El medio natural y geográfico es única y exclusivamente el contexto donde se desarrolla una sociedad y serán las diversas decisiones colectivas, tomadas por la misma comunidad y normadas por medio de sus instituciones las que, en su conjunto, determinen la interacción concreta y específica que la unidad social tendrá con su entorno (ibid., p. 156).

12 Las relaciones entre las misiones y los pueblos indígenas, y su impacto sobre ellos fue diversa. A diferencia de los cucapá, los cochimíes fueron sobre los que mayor impacto tuvieron las misiones porque éstas ocuparon casi todo su territorio tradicional. Y de modo contrario, los quechan se levantaron en armas contra las misiones. (v. León y Magaña 2006b, pp. 29-30; Gómez, op cit., p. 19).

13 La idea de la nación mexicana en nuestro país surgió de la mentalidad de la elite criolla como reacción y repudio a la política centralizadora y colonizadora del Imperio Español. En la primera fase de independencia, el carácter de la lucha política era más autonomista que independista pero anticolonialista. En un segundo momento se reivindicaba la formación del Estado nacional adoptando las ideas liberales y el modelo de los Estados europeos. Las ideas base eran la lucha por la independencia como una lucha de los ciudadanos contra el absolutismo y a favor de las libertades individuales y la soberanía estatal a partir de la ciudadana (v. Villoro, 1981, pp. 118-122; Bonfil, 2001, pp. 149-150).

14 El Gobierno estadunidense pensaba que Gran Bretaña, principal rival mercantil de los Estados Unidos, quería ocupar la Alta California: “La posesión de la bahía de San Francisco es muy importante para nosotros, Las ventajas que para nosotros derivarían de su adquisición con tan palpables que sería perder país por virtud de la cesión de California a la Gran Bretaña, es nuestro principal rival mercantil, las consecuencias serían de los más desastrosas. El gobierno de California depende ahora solo nominalmente de México, y es más dudoso que éste pueda restablecer allí su autoridad. En estas circunstancias, desea el presidente que emplee usted los mejores esfuerzos para obtener la cesión de esa provincial de México a los Estados Unidos” (Gómez, op cit., p. 39).

15 El norte estaba casi deshabitado; a inicios de 1860 se calculaba que los ranchos que se encontraban no tenían pobladores permanentes. “Entre pueblos y ranchos hacían un total de 194 habitantes, sin contar a los grupos indígenas” (ibid., p. 57).

16 Las obras de colonización e irrigación se empezaron a realizar en 1896 en Estados Unidos por la empresa California Development Company; sin embargo, la forma más barata era construir un canal que pasará por tierras mexicanas, así que se necesitaban permisos en México. Para lograrlo, los empresarios estadunidenses se asociaron con Guillermo Andrade, dueño absoluto del delta mexicano, el cual aportó 40.408 hectáreas y formaron las empresas: Imperial Land Company encargada de la colonización y California Development Company, responsable de proyectos de riego y del suministro de agua. Así como una compañía mexicana subsidiaria, la Sociedad de Riego y Terrenos de la Baja California, S. A., era encargada de asegurar el permiso del gobierno mexicano para acarrear agua a territorio estadunidense. Esta asociación dio el derecho a Andrade de utilizar parte del agua conducida por el nuevo canal del Río Colorado y reconducirla para beneficio de sus terrenos en México (Gómez, op cit., p. 73; Hendricks, 1996, pp. 20-21).

17 En 1952 el Distrito Norte de Baja California se constituye en el estado de Baja California.

18 La Constitución de 1917 en su artículo 27 estableció que todos los recursos naturales eran propiedad de la Nación, incluidas las tierras y el agua..

19 Es importante mencionar que para otros pueblos indígenas y campesinos del país el reconocimiento de la propiedad social sobre la tierra y el agua abrió una ventana de oportunidad para recuperar una parte de los territorios despojados en la época colonial, así como hacer ocupación y uso colectivo de las tierras y el agua.

20 En 1994 se levanta el Ejercito Zapatista de Liberación Nacional en Chiapas y una de sus principales demandas es el reconocimiento y respeto de los derechos de los pueblos indígenas; el movimiento zapatista fue detonante para una importante movilización indígena a nivel nacional que conllevó a la reforma constitucional en el 2001. Esta reforma fue vista por el movimiento indígena como una traición del gobierno mexicano.

21 El motor de la industria pesquera desde 1937 a 1980 estaba sustentado jurídicamente en las cooperativas, cuyo modelo estaba organizado conforme a la forma de organización corporativa del ejido agrario, aunque también el gobierno estaba comprometido con el fomento económico de inversión privada (Valdéz- Gardea, 2010, pp. 136-163).

22 La agenda internacional fue fundamental en el cambio de paradigma ambiental en México en 1972. En este año, en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Medio Ambiental Humano, la preocupación central de los países desarrollados fue la contaminación ambiental sobre la salud humana. A fines de los 70’s se creó el programa El Hombre y la Biósfera (MAB) de la UNESCO y se formó la Red Mundial de Reservas de la Biósfera, que con el apoyo del MAB, México fue de los primeros países en unirse al programa y se crearon varias zonas de protección al interior del país. A finales de los 80’s y en los 90’s se impulsó la Comisión Mundial del Medio Ambiente y del Desarrollo que dio a conocer en 1987 el informe Nuestro Futuro Común, donde se estableció el concepto de desarrollo sustentable. En 1992 se realiza la Conferencia de Medio Ambiente y Desarrollo o Cumbre de Río; el tema orientador era la relación entre desarrollo y medio ambiente vinculado a la pobreza (Carabias, de la Maza y Provencio, 2008, pp. 31-37).

23 La Reserva abarca una superficie de 934.756 hectáreas. Aviso por el que se informa al público en general que la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas ha concluido la elaboración del Programa de Manejo de la Reserva de la Biósfera Alto Golfo de California y Delta del Río Colorado, ubicada en aguas del Golfo de California y en los municipios de Mexicali, Estado de Baja California, y de Puerto Peñasco y de San Luis Río Colorado, Estado de Sonora (DOF, 2009).

24 NOM-063-PESC-2005 que contiene varias medidas de protección y manejo que buscan garantizar la sustentabilidad en la pesquería de esta especie y los Acuerdos por los que se establece la cuota de captura para el aprovechamiento de curvina golfina (Cynoscion othonopterus), en aguas de jurisdicción federal del Alto Golfo de California y Delta del Río Colorado para las temporadas 2011-2012, 2013-2014, 2014-2015. Un análisis a profundidad sobre el conflicto por la implementación de la cuota de captura, v. Navarro, Bravo y López (2013); Navarro, Bravo y López (2014).

25 En la actualidad el pueblo indígena cucapá está localizado Somerton, Arizona y en los estados de Sonora y Baja California. En Baja California la población es más o menos de 400 personas, aunque no existen datos oficiales sobre su población.

26 Los pescadores que conviven en el espacio de la Reserva son los de San Felipe, el Golfo de Santa Clara y otros pescadores del Bajo Río con quienes los cucapá comparten la pesca en el sitio de desembarque de El Zajón.

27 En el 2010 en la Recomendación 008/2002 de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos se documentaba que la pesca cucapá representaba el 10% de la cuota recomendada de modo no se ponía en riesgo la especie ni el equilibrio ecológico.

28 En el artículo primero de la Constitución Federal se establece el mismo nivel de validez jurídica de la Constitución y los Tratados Internacionales ratificados por México; así mismo se reconoce el principio pro persona y la naturaleza interdependiente, indivisible, progresiva y universal de los derechos humanos. Reforma constitucional del 10 de junio del 2011.

29 En el Acuerdo por el que se establece la cuota de captura para el aprovechamiento de curvina golfina (Cynoscion Othonopterus), en aguas de jurisdicción federal del Alto Golfo de California y Delta del Río Colorado para la temporada de pesca 2016, en su artículo segundo, se establece la cuota de captura total para la pesquería de curvina golfina que se aplica a las unidades de producción con sitios de desembarque en San Felipe, Baja California; Golfo de Santa Clara, Sonora y el campo conocido como el Zanjón, en Baja California, excepto a las embarcaciones de la etnia Cucapá.


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